El acoso laboral o acoso moral en el trabajo, conocido comúnmente a través del término inglés mobbing: ‘asediar’, ‘acosar’, ‘acorralar en grupo’, es tanto la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.
Fuente: Wikipedia
¿Tu jefe amenaza con despedirte, te hace observaciones hostiles, te avasalla delante de tus compañeros y hasta se burla de tus rasgos físicos?
Esto es acoso laboral.
Entérate cómo ponerle un freno.
Características del Acoso Laboral
Los casos de acoso laboral que se viven en las compañías, tienen las siguientes características:
- Se expresan con comentarios hostiles y humillantes que descalifican profesionalmente a la empleada en presencia de los compañeros de trabajo.
- Hay expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la empleada.
- La persona que tiene el poder usa palabras despectivas sobre el color de piel, la raza, la condición sexual, el origen familiar, y también puede hacer referencia a la preferencia política.
- Presiona por medio de amenazas de despido expresadas delante de los compañeros de trabajo.
Tuvimos un caso en el cual nos contactó el padre de la persona acosada, quien es el afiliado titular del grupo familiar.
Solicitó una entrevista de urgencia por el tema de acoso laboral que sufría su hija.
Se trataba de un caso de una mujer de 20 años, recepcionista de una importante empresa de medicina prepaga, con 1 año de antigüedad en el puesto, que estaba siendo víctima de un acoso laboral, rozando el acoso sexual.
Nosotros sugerimos que no era sano seguir trabajando en un ambiente como en el que estaba. Empezamos a accionar a través de la emisión de telegramas hacia la empresa, detallando lo sucedido. Por razones obvias y como es costumbre de estas grandes firmas, se llegó a un arreglo por la salida de nuestra afilada de la compañía.
[bctt tweet=»Cómo proceder si sufres de #acosolaboral»]
Siempre la última palabra, con respecto a la renuncia, la tiene la mujer que sufre el acoso. Por la experiencia que nos fue rodeando con el transcurrir del tiempo, nuestros estudios aconsejan que se corte el vínculo laboral, debido a que la relación y el clima se tornarían de difíciles a hostiles, quedando más expuesta por lo acontecido.
Por otra parte, es preciso aclarar que la ley protege a la mujer reservando su identidad desde el inicio, durante y con posterioridad al proceso sancionatorio. Por ello, la autoridad que interviene en el caso debe tomar los recaudos para que esto sea efectivo.
Cuando ellos son los acosados
Ahora bien, ¿qué sucede cuando ellos son los acosados? Aunque es menos escuchado, también hay empleadas “acosadoras”, que llaman a sus jefes los días de franco, que se acuerdan de los cumpleaños de sus hijos, que no pasan un día sin enaltecer su trabajo, o sin enviarles mensajes al finalizar el horario laboral.
Algunas llegan a acusarlos de acoso sexual y hasta abuso, con puras mentiras, y hasta destruyen familias. Ante estos casos, la mejor política es negociar, y cuanto antes sacarse el conflicto de encima.
Generalmente, el riesgo judicial posterior es mayor al que hay en una etapa de mediación o SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria).
[bctt tweet=»Los hombres también pueden sufrir de #acosolaboral»]
Solo se dilata el juicio en aquellos casos puntuales, en los que la empresa tenga cómo comprobar que las injurias y los pedidos de montos a indemnizar están fuera de lugar, o cuando la ex empleada reclama que tal día fue agredida, y contamos con grabaciones de las cámaras o testigos presenciales para probar que no fue así.
Esas cuestiones cortan una negociación en instancias previas al juicio, mediación o SECLO.