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Para Qué Sirve la Planificacion Sucesoria

La planificación sucesoria sirve, entre otras cosas, para proteger el patrimonio, dar a cada quien lo que le corresponde y evitar, en la medida de lo posible, los conflictos familiares. Conoce todos los detalles de esta importante herramienta de previsión.

Desde el año 2003 nos ocupamos de orientar a nuestros clientes para que puedan tener una adecuada planificación sucesoria que les permita.

  • Proteger su patrimonio
  • Transmitirlo en el momento que corresponda (¿ahora? ¿después de su muerte?)
  • Que esa transmisión de bienes no se vea expuesta a impugnaciones legales entre herederos.
  • Evitar en la medida de lo posible los conflictos familiares.
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La planificación sucesoria como una herramienta de previsión familiar (incluye aspectos tanto patrimoniales como extrapatrimoniales) que nos permite:

  • Conservar y aumentar el patrimonio;
  • Evitar conflictos entre herederos;
  • Designar un Albacea que se ocupe de que su voluntad vaya a ser cumplida.
  • Designar anticipadamente el abogado de su confianza que vaya a tramitar su sucesión y hasta pactar anticipadamente los honorarios que va a cobrarle a los herederos por su función.
  • Constituir un fideicomiso para que se administre su patrimonio.
  • Determinar si le conviene testar o no, de qué modo y cómo partir los bienes entre los herederos para evitar conflictos.
  • A nivel extrapatrimonial otorgar un poder a algún familiar para tomar decisiones médicas por Ud. si no estuviera en condiciones de hacerlo personalmente o redactar su testamento vital (living will) detallando cuáles son los tratamientos que no autoriza que le hagan en casos de enfermedad terminal, a fin de tener una muerte digna.
  • Designar Tutor para hijos menores o Curador para hijos insanos.
  • Realizar un manifiesto de instrucciones sucesorias: consignando si desea donar sus órganos (actualmente se presume donante todo el que no avise que no desea serlo), si desea ser cremado, si desea ser enterrado en algún lugar en especial.
  • Reconocer hijos que por diversas razones no se reconocieron en vida (por ej. por ser sacerdote o por ser casado).

No es fácil hablar de todo esto. Menos aún lo es plasmarlo por escrito con abogados, escribanos, etc. Siempre tenemos una excusa para POSTERGARLO. Todos. O una gran mayoría.

Sin embargo, los clientes que lo han hecho, después de atravesar el difícil momento de pensar en su propia muerte y tomar medidas pensadas a largo plazo, han manifestado un gran alivio.

A veces pasa mucho tiempo desde que consultan por primera vez (años, en algunos casos) hasta que se deciden a realizar actos jurídicos y tomar decisiones.

Como siempre, aconsejo hacerlo CUANDO SE ESTA BIEN DE SALUD FISICA Y PSIQUICA. No cuando se padece una enfermedad terminal y se están tomando medicamentos que pueden afectar las capacidades cognitivas o cuando ya existe un marcado deterioro psíquico.

En esos casos puede ser tarde para planificar nada, ya que se requiere una total capacidad civil para hacer actos juridicos.
Nuestro modo de trabajar incluye una consulta personal prolongada para escuchar su historia familiar, su deseo de qué quisiera qué pase con sus bienes cuando Ud. ya no esté, a quién considera que hay que proteger más, qué bienes componen su patrimonio.

En caso de no vivir en Buenos Aires, esta información se recoge por mail. Luego, un análisis del estado de los títulos de propiedad de bienes (¿hay sucesiones sin terminar? ¿sentencias de divorcio sin inscribir? ¿propiedades sin escriturar?).

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Después, confección y entrega de un pormenorizado análisis de la situación familiar, alternativas posibles con sus pro y sus contras y consejo legal.

Por último, concreción de los instrumentos aconsejados o elegidos por el consultante con la intervención de los profesionales que sean necesarios (abogados, contadores, escribanos). Esto dependerá de lo que requiera cada caso.

Otras notas externas:

Mirta Nuñez
La Dra Mirta Nuñez es abogada y psicóloga social, formada en los temas de planificación sucesoria en el CAPS ( Consejo Argentino de Planificación Sucesoria)

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