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InicioEmprendimientosLa Letra de Cambio Como Medio de Pago y Cobro

La Letra de Cambio Como Medio de Pago y Cobro

Letra de cambio es «el título de crédito formal y completo que contiene una promesa incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.»
Fuente: Wikipedia

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Las empresas cubanas se preparan para tomar decisiones sobre políticas de venta, cobros y pagos, mediante el vínculo con los bancos y demás intermediarios financieros.

En la actividad de cobros y pagos, se aprecian mejorías, pero es imprescindible seguir dando pasos para perfeccionar la gestión y evitar que la cadena de impagos gravite recurrentemente sobre la vida económica del país.

Ante esta situación, en diciembre de 1999 el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros aprobó para las entidades estatales el uso de las letras de cambio y los pagarés; títulos valores que constituyen instrumentos útiles para facilitar la ejecución de cobros y pagos.

La aceptación de una letra de cambio implica el reconocimiento de la deuda líquida, que en caso de no honrarse en el momento de su vencimiento, o de honrarse sólo parcialmente, puede ser protestada por el acreedor ante notario y llevada inmediatamente a proceso judicial.

El poseedor de la letra de cambio tiene también la posibilidad de anticipar su ingreso descontándola en las instituciones del sistema financiero.

Surgimiento de la Letra de Cambio

Cabe recordar que la letra de cambio nace como un documento mercantil de crédito que intenta solucionar los peligros y dificultades que entraña el transporte de dinero de un lugar a otro.

Sus antecedentes podrían remontarse a las «cartas de aviso» sobre títulos de transporte de mercancías, utilizadas en Génova y en las ferias de Champaña; también a las «partidas de giro» sobre depósitos de capitales, conocidas a partir del siglo XIV y, en cierto modo, semejantes a los actuales «giros postales».

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El origen de la letra de cambio, también llamada cambial, se remonta al siglo XII, siendo los banqueros italianos los primeros en utilizarla.

En los siglos XV y XVI las letras de cambio se convierten en medios de pago y, con ello, en la forma más frecuente de préstamo. Entre los ejemplos más antiguos conocidos anotamos la existencia de una letra emitida en Milán el 9 de marzo de 1325 y una letra de cambio fechada el 7 de septiembre de 1384, girada de Génova a Barcelona.

La estrecha relación entre la letra de cambio como instrumento financiero y Medina del Campo se basa en que en sus célebres ferias generales del reino (declaradas en 1491) se negocia con ella por primera vez de forma generalizada desde España con toda Europa, al absorber paulatinamente los cambios, pagos y liquidaciones de otras ferias castellanas efectuados con plazas extranjeras.

De este modo, las ferias de Medina se convierten en el centro financiero más destacado de la Corona castellana, participando en ellas los más importantes cambistas y banqueros europeos de aquel tiempo. Prueba de ello son los innumerables testimonios que podemos rastrear en el archivo del mercader banquero Simón Ruiz, de cuyos fondos destaca el conjunto de cerca de 30.000 letras de cambio circuladas entre los años 1553 y 1606 con todas las grandes casas de finanzas de Europa.

En Castilla y León se encuentran los ejemplares más antiguos de letras de cambio originales –piezas originales y no a textos de letras copiadas o insertas en otros documentos-, corresponden a letras giradas en Medina del Campo en 1493, con destino a La Rochela, Florencia y Amberes.

Actualmente, después del cheque, la letra de cambio es el documento de mayor uso en el comercio.

¿Qué es una Letra de Cambio?

La letra de cambio es una orden incondicional de pago dirigida por el librador (o girador) al librado (o girado) requiriéndole que pague a la vista o a un tiempo fijo o futuro determinable una suma definida de dinero, a la orden de o a una persona específica o al portador (beneficiario).

Características de la letra de cambio

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La letra de cambio es un documento formalista y destinado a la circulación. (Si se viola algún aspecto de los regulados en el Código de Comercio, se convierte en cuenta abierta).

La letra de cambio debe contener los siguientes datos:

  • Lugar, día, mes y año en que se libra
  • Época o fecha en que debe pagarse
  • Nombre y apellidos, razón social o título a quien se efectuará el pago
  • Nombre y apellidos, razón social o título a cuyo cargo se libra
  • Firma del librador o de su apoderado

En el tráfico mercantil la letra de cambio es un medio apto para:

  • Garantizar el crédito comercial concedido por el acreedor
  • Sustituir un pago presente por uno futuro
  • Simplificar una cadena de pagos, en virtud de su endoso
  • Obtener dinero en efectivo mediante el descuento
  • Dar como garantía en préstamos y líneas de crédito, leasing, factoring y otras operaciones bancarias/financieras
  • Medio de pago, sustituyendo el pago en moneda
  • Instrumento de crédito, garantizando un pago aplazado.
  • Medio para obtener un crédito, mediante el descuento bancario.

La letra de cambio tiene varias ventajas esenciales

  • Se transmite de persona a persona sin más formalidad que su endoso.
  • La obligación que contiene se puede afianzar por aval.
  • Puede domiciliarse en un banco para que a su vencimiento se pueda ejercer el cobro automático en la cuenta del deudor.
  • La exigencia judicial de su pago, mediante acción ejecutiva, es acelerada.
  • En comparación con la carta de crédito, tiene como ventaja que el deudor puede aprovisionar el monto de su valor facial, incluso, el día antes de su fecha de vencimiento, no siendo necesaria la congelación anticipada de dichos fondo.
  • La letra de cambio tiene la ventaja de ligar a las partes contratantes con un vínculo legal, gozando del privilegio de no necesitar escritura pública que legitime el título u obligación, pues para que tenga validez y autenticidad plena sólo se requiere del cumplimiento de la normativa prevista por la ley.

En la próxima nota veremos los requisitos que debe cumplir este documento de cobro y un modelo de cómo llenar una letra de cambio.

Silvia Chauvinhttps://www.mujeresdeempresa.com/
La Arquitecta Silvia Chauvin es editora de Mujeres de Empresa, escribe sobre temas de tecnología y redes sociales.

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