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Aspectos legales a tener en cuenta para lanzar un start-up de Internet

| Estudio Allende Brea | 29. Febrero. 00 |
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Lo primero que se debe tener en cuenta, cuando se quiere invitar a un inversor a que compre un porcentaje de la empresa, es el tema de protección de los dominios y las marcas.
Ese tema se debe tener solucionado y el aspecto vinculado a ese es el tema societario-corporativo.

Ustedes tienen que montar una estructura, donde va a haber una sociedad holding y, debajo de la holding, subsidiarias, si es que ustedes quieren hacer el proyecto regional. Por proyecto regional se entiende que haya actividades tanto en la Argentina, como en Brasil, como en México, y de esta forma cubrir los países latinos más desarrollados, y quizás otros países también.
Eso implica claramente un aspecto legal, al tener que crear esta estructura y la primera pregunta suele ser: ¿Qué tipo de sociedades uso? Además voy a necesitar una compañía holding que sea la dueña de las otras empresas ¿dónde la constituyó?.

Hay varios aspectos a tener en cuenta, no hay una solución que se ajuste a todos los casos. La solución puede pasar, en algunos casos, por aspectos de la actividad propia que quieran desarrollar en su empresa, claramente por aspectos impositivos y ahí va a estar muy vinculado el tema de si esta sociedad holding va a tener o no ganancias durante los primeros años y también el tema de la incorporación de inversores al plan regional.

El primer paso consiste en hacerse 2 grandes preguntas:
1. ¿dónde voy a poner el holding (dueña del 100% de todas las subsidiarias) y qué tipo de subsidiaria constituyo?
2. ¿voy a tener una sociedad de hecho, sociedad anónima, SRL?, Hay que tener en cuenta dónde voy a incorporar el inversor. ¿Lo voy a hacer parte de mi proyecto regional o sólo de mi plan de país concreto?

Al respecto hay consideraciones de tipo legales muy importantes, por ejemplo muchos habrán escuchado que a los inversores americanos les conviene impositivamente una SRL, pero en nuestro país una SRL no puede incorporar a empresas como accionistas.

El paso segundo es tener este tipo de estructura montada.

Y el tercer paso es plantear la posibilidad de constituir algún tipo de programa de incentivo para incorporar accionistas. Es muy común en las empresas de Internet incorparar gente para que se sume al proyecto, mediante programas de acciones. Hay una ventaja en hacerlo a nivel de la holding, si es que está localizada afuera, porque muchas veces las leyes nos permiten mayor flexibilidad.

Un programa de acciones consiste en ofrecerle la posibilidad a un inversor, a un director o a un empleado, de conseguir mediante su esfuerzo, acciones el día de mañana al valor que esas acciones tienen hoy. Estas estructuras son aceptables y convenientes para los fondos y normalmente se manejan parámetros de alrededor del 10 al 15% de cantidad de acciones que se pueden dar en estos tipos de programas a personas que ustedes quieren beneficiar.

El tercer aspecto que deberían tener en cuenta antes de invitar a un inversor a participar, es el denominado "convenio de accionistas", que es el acuerdo de todos los accionistas del grupo de los derechos que cada uno va a tener en relación a los inversores y en relación a las estrategias de salida que ustedes pueden necesitar para el día que quieran desprenderse de este proyecto. Ahí hay que plantearse qué pasa si un accionista, encuentra un inversor y quiere salirse del proyecto, o quiere vender una parte. Los demás accionistas, ¿van a tener derecho o no a participar de esa venta?. ¿Van a tener una preferencia en relación al nuevo accionista que se incorpora o no la van a tener?

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